Para estas elecciones, servirá de base el censo de 1910, la división territorial que se hizo para las elecciones de Poderes Federales en 1912 y la división de las municipalidades en secciones en que se efectuó para la elección de diputados al Congreso Constituyente. Igualmente se adoptarán los padrones electorales que sirvieron para esa elección, con las modificaciones necesarias. La autoridad municipal designará un instalador propietario y uno suplente para cada sección electoral, quienes, con los ciudadanos presentes el día de la elección, integrarán la Mesa, compuesta por un Presidente, dos Secretarios y dos Escrutadores. La casilla permanecerá abierta desde las nueve de la mañana hasta las tres de la tarde. Cada votante entregará doblada su boleta al presidente de la mesa, debiendo ir escrito en ella, de su puño y letra, el nombre y el apellido de la persona o las personas por quienes sufrague. El presidente pasará la boleta a uno de los secretarios para que la deposite en el ánfora respectiva. Todas las boletas deberán ir firmadas por el respectivo elector y ser presentadas por él personalmente. Cada ciudadano podrá votar sólo en una casilla, que será aquella en que estuviere empadronado. Ninguna persona de la Mesa o de las que estén presentes durante la elección, podrá hacer a los ciudadanos votantes indicaciones sobre el sentido en que deban votar. |